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2006 información sobre sus derechos al voto en la Florida
¿CÓMO ME INSCRIBO PARA VOTAR?
- La fecha límite para inscribirse a votar es 29 días antes de las elecciones. Ud. debe inscribirse antes del 10 de octubre del 2006 para votar en las elecciones generales. (Fla. Stat. § 97.055)
- Puede inscribirse a votar enviando el formulario de inscripción por el correo. El formulario está disponible en la página Web del Departamento del Estado de la Florida: http://election.dos.state.fl.us/regtovote/regform.shtml. También puede contactar la oficina del supervisor de elecciones del condado para obtener un formulario de inscripción. Puede localizar información de la oficina del supervisor del condado en: http://election.dos.state.fl.us/county/index.shtml ó puede localizarla en la guía telefónica bajo la sección de gobierno.
- Si Ud. está votando por primera vez y se está inscribiendo por correo, debe incluir con el formulario de inscripción una fotocopia de su identificación con foto válida que contiene su firma adjunto. Esto no es un requisito pero puede ayudarle a evitar problemas en el día de votación. (Fla. Stat. § 97.0535)
- Si Ud. se muda dentro del mismo condado, debe llenar un nuevo formulario de inscripción para cambiar su dirección. Sin embargo, si se olvidó hacerlo antes de la fecha de votación, puede llenar el formulario de cambio de dirección en el nuevo lugar de votación. Si se mudó a otro condado, debe inscribirse en el nuevo condado para poder votar. (Fla. Stat. § 97.105)
¿CUÁNDO VOTO?
- Las elecciones generales son el 7 de noviembre del 2006.
- Las urnas de votación están abiertas desde las siete de la mañana hasta las siete de la noche. (Fla. Stat. § 100.011) Ud. tiene el derecho de votar si está en la fila cuando el lugar de votación se cierre. (Fla. Stat. § 101.031)
- En algunos condados, puede votar antes del día de votación durante "votación temprana." Ud. puede contactar la oficina del supervisor de elecciones del condado para enterarse si hay "votación temprana."
¿DÓNDE VOTO?
- Una vez su formulario de inscripción para votar ha sido procesado por el supervisor de elecciones del condado, Ud. recibirá una tarjeta de identificación que indica su lugar de votación. Si no ha recibido la tarjeta de votación o si se la pierde, contacte la oficina del supervisor de elecciones del condado para solicitar un reemplazo.
¿QUÉ DEBO TRAER CONMIGO PARA VOTAR?
- Si Ud. está votando por primera vez y se inscribió a través del correo sin incluir una fotocopia de su identificación con foto válida, Ud. debe presentar su identificación antes de ejercer su derecho al voto. (Fla. Stat. § 97.0535)
- Cuando vaya al centro de votación, debe presentar una de las siguientes identificaciones con foto válida y actualizada: licencia de conducir o tarjeta de identificación del estado de la Florida emitida por el "Department of Highway Saftey and Motor Vehicles," Pasaporte Estadounidense, identificación de empleo, identificación de un club de compras, tarjeta de crédito o débito, identificación militar, identificación de estudiante, identificación de un centro de jubilación, identificación de una asociación de la comunidad, o identificación de apoyo público del gobierno. (Fla. Stat. § 101.043)
- Si la identificación que presenta en las urnas de votación no contiene su firma, puede presentar una identificación adicional con su firma. (Fla. Stat. § 101.043)
- Por lo general si no trae la identificación correcta, pero está inscrito a votar, podrá votar en una papeleta provisional y le darán instrucciones escritas de cómo determinar si su voto fue contado o no. (Fla. Stat. §§ 101.043 and 101.048). Si Ud. es un votante inscrito y vota en el precinto correcto, y su firma en la papeleta provisional corresponde a su firma en el sistema, su voto será contado.
¿CÓMO VOTARÉ?
- Dependiendo del condado, Ud. votará marcando una papeleta de votación o votará en una máquina de votación con pantalla de toque. POR FAVOR, PREGÚNTALE A UN OFICIAL DE LAS URNAS SI TIENE ALGUNA DUDA SOBRE EL PROCESO DE VOTAR.
- Si Ud. requiere ayuda porque es ciego, deshabilitado, o no puede escribir o leer, un oficial de votación le pedirá que tome y firme bajo juramento un formulario pidiendo ayuda. Entonces, dos oficiales le pueden acompañar en la urna o cualquiera persona que Ud. elige (excepto su empleador, representante de su empleador u oficio o representante de su unión) para ayudarle a votar. (Fla. Stat. § 101.051)
- Algunos condados están obligados a proveer ayuda lingüística para votantes que no son fluentes en el idioma inglés. Debe contactar la oficina del supervisor de elecciones del condado para determinar si tiene el derecho de adquirir esa ayuda.
- Si alguien entrega una declaración bajo juramento dentro de los 30 días antes de las elecciones cuestionando su derecho de votar, Ud. tiene el derecho de ser informado de inmediato y votar con una papeleta provisional. (Fla. Stat. § 101.111)
¿CÓMO PUEDO REDUCIR POTENCIALES PROBLEMAS EN EL DÍA DE ELECCIONES?
- Llamar a la oficina del supervisor de elecciones del condado para verificar su estatus de inscripción y lugar de votación por lo menos 30 días antes del día de las elecciones.
- Llevar identificación con foto y firma al centro de votación. Es posible que tendrá que llevar más de una identificación a las urnas. Esto no es necesario para votar pero puede ayudarle si alguien se opone su derecho de votar.
- Votar temprano en el día de las elecciones o tomar ventaja de la oportunidad de la votación temprana en uno de los sitios de su condado. Averígualo con su supervisor de elecciones.
- Leer todas las instrucciones con cuidado.
- Vote con paciencia y tome todo el tiempo que precisa.
- Si vota en equipo que requiere marcar sus selecciones en una papeleta, y se equivoca, pide para una papeleta nueva. Puede recibir hasta dos papeletas de reemplazo. (Fla. Stat. § 101.5608)
¿CÓMO MANEJO LOS PROBLEMAS MÁS COMUNES?
- Si un oficial de elecciones le dice que Ud. no está inscrito para votar pero cree que sí (porque entregó el formulario antes de la fecha límite), lo primero que debe hacer es pedir que coteje la lista de nuevo. Si eso falla, muéstrale al trabajador su tarjeta de votación u otra forma de identificación. Bajo la ley, le permitirán votar con una papeleta provisional de papel, aún si el oficial no puede confirmar su inscripción. (Fla. Stat. § 101.031) La papeleta provisional NO será contada a menos que se establezca que Ud. tiene los requisitos necesarios para votar y que votó en el precinto electoral correcto. Pregunta a un oficial para determinar su precinto electoral antes de votar con papeleta provisional. Papeletas provisionales sometidas en el precinto incorrecto serán rechazadas y consideradas ilegales. (Fla. Stat. § 101.048)
- Si requiere instrucciones de cómo utilizar el equipo de votación en su precinto electoral, pide ayude a un oficial para ayuda. Tiene el derecho de recibir tales instrucciones. (Fla. Stat. § 101.031)
NÚMEROS TELEFÓNICOS ÚTILES
- Línea de Ayuda de la ACLU para Votantes (en el día de elecciones): Llamada gratis: 1-877-523-2792.
- Proyecto de la ACLU de Derechos al Voto: 786-363-2729, ó en el día de elecciones, llamada gratis: 1-877-523-2792.
- Departamento de Justicia de los Estados Unidos, División de Derechos Civiles, Sección de votación, llamada gratis: 1-800-253-3931.
¡PROTEGE SUS DERECHOS AL VOTO! LLEVA ESTA TARJETA CONSIGO A LAS URNAS DE VOTACIÓN EN EL DÍA DE ELECCIONES!
Produjo por la Unión Americana de Derechos Civiles de la Florida
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